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En Coslada, 31 de diciembre de 2019

  

Estimado Cliente:

Próximamente hay que realizar la presentación de las siguientes autoliquidaciones y declaraciones tributarias:

Hasta el 20/01:

- Retenciones a Trabajadores, Profesionales, Arrendadores y Otros Rendimientos (modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128).

Hasta el 30/01:

- IVA (mod 303, 340...), Operaciones intracomunitarias  (modelo 349) y resumen anual IVA (mod 390)

 

- IRPF Pago Fraccionado 4T (mod 130, 131)

Hasta el 31/01:

- Resumen anual de Retenciones Trabajadores, Profesionales, Alquileres y otros rendimientos (mod 180, 190, 193...)

- Declaración anual de donativos recibidos (mod 182)

- modelo 184 (declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas: Comunidades de Bienes, Comunidades de Propietarios, etc. )

- Modelo 165. Certificaciones expedidas para la aplicación de la deducción por Business Angels. Ver nota.

Hasta el 02/03:

- modelo 347 (Declaración de operaciones superiores a 3.000€)

 

 

En cuanto a este nuevo año, tanto en materia tributaria, como de seguridad social, el gobierno en funciones, ha dictado un Real Decreto que viene a prorrogar todas las medidas, límites y cuantías vigentes en 2019, incluido el salario mínimo interprofesional, estableciendo con carácter temporal algunas otras, tales como la revalorización de las pensiones en un 0,9%.

 

Feliz 2020!


 José Manuel Casado González.